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Pagar horas extra y recargos nocturnos, dominicales y festivos

Las horas extra y los recargos (trabajo de noche, en domingo o en festivo) se pagan con la novedad Horas extra o recargo en la nómina del período: se elige el Tipo de hora y se escriben las horas. Bodegix calcula el valor con el valor de la hora del trabajador y los porcentajes de Configuración > Parámetros de nómina.

Antes de empezar

Registrar las horas

  1. En Nómina > Nóminas, abra la nómina en Borrador y toque el nombre del empleado (o use Registrar novedades para registrar las de todos).
  2. En Novedad, elija Horas extra o recargo.
  3. En Tipo de hora, elija Extra diurna, Extra nocturna, Extra diurna dominical o festiva, Extra nocturna dominical o festiva, Recargo nocturno, Recargo dominical o festivo o Recargo nocturno dominical o festivo.
  4. Escriba las Horas (puede llevar decimales, por ejemplo 1,5).
  5. Toque Agregar a con el nombre del empleado.

Si el mismo empleado tiene horas de dos tipos, agregue una novedad por cada tipo. Para registrar las de toda la quincena de una vez o pegarlas desde Excel con los códigos HED, HEN, HEDDF, HENDF, RN, RDF y RNDF, vea Registrar las novedades de la nómina.

Cómo las calcula Bodegix

El valor de la hora es el Salario mensual dividido entre las Horas mensuales (divisor) de los parámetros del período (220 hasta el 14 de julio de 2026 y 210 desde el 15 de julio). Con jornada parcial, es el salario dividido entre las horas por semana por 5.

Tipo de horaQué paga
Extra diurnaLa hora más el 25 %
Extra nocturnaLa hora más el 75 %
Extra diurna dominical o festivaLa hora más el 25 % y el recargo dominical
Extra nocturna dominical o festivaLa hora más el 75 % y el recargo dominical
Recargo nocturnoSolo el 35 % de la hora (la hora ya va en el salario)
Recargo dominical o festivoSolo el recargo dominical (la hora ya va en el salario)
Recargo nocturno dominical o festivoEl 35 % más el recargo dominical

El recargo dominical y festivo sale de los parámetros: 80 % hasta el 30 de junio de 2026 y 90 % desde el 1 de julio. Las horas extra y los recargos son salario: suman al IBC y en la PILA el empleado va marcado con "horas extra o variables".

Si algo no sale

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Revisada el 5 de octubre de 2026.